El abogado especialista en Derecho Financiero y profesor de la UCAB y del IESA, Juan Cristóbal Carmona, pide la definición concreta para el reconocimiento de la seguridad jurídica en la nueva Ley de Emprendimiento. Expresó:

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La Ley da a entender que toda actividad de emprendimiento involucra el ejercicio de actos de comercio. Se llega a esa conclusión debido que la Ley dice todo emprendimiento debe inscribirse en el Registro Nacional de Emprendimiento y que al cabo de 2 años deberá inscribirse en el Registro Mercantil.

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En su intervención explicó que el Registro Mercantil en el Código de Comercio, refiere a quieren solo califica como comerciante, de forma individual o en conjunto.

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Precisó que, si posee o no personalidad jurídica no te exime de cumplir con obligaciones, como por ejemplo: Las tributarias, libros de comercios.