En Gaceta Oficial Extraordinaria N°6.755, de fecha 10 de agosto de 2023, fue publicada la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios.
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Recientemente, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, cuyo objetivo es establecer los principios, parámetros, tipos impositivos y alícuotas aplicables.
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Según una nota de prensa de la AN, este instrumento jurídico establece que el pago de tributos se realizará en moneda nacional y que, una vez esté vigente, los estados y municipios deberán “identificar y disponer la supresión de requisitos y permisos que limiten, dificulten o tengan por efecto obstaculizar el ejercicio y normal desarrollo de la actividad económica y la iniciativa productiva”.
Entre las bondades de esta normativa destaca que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica de industria, comercio, servicios o de índole similar no podrá ser superior al 3% de los ingresos brutos obtenidos.
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Asimismo, establece la vigencia mínima de tres años a las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas industriales, comerciales, servicios y de índole similar. La renovación procederá de manera automática cumpliendo lo que establece la norma en ese sentido.
Fuente: Finanzas Digital.
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