El Banco Central de Venezuela redujo este miércoles a 85% el encaje legal para las obligaciones netas en moneda nacional, manteniendo en 31% el encaje para las que se hacen en divisas, según salió decretado en la Gaceta Oficial 42.050.

El encaje legal estaba antes en 93%, lo que se traduce en una reducción de 8 puntos porcentuales que no impedirá que haya un alivio significativo ante la escasa liquidez de la banca nacional.

Los bancos microfinancieros, donde exista un coeficiente de intermediación mínimo de 50%, deberán mantener un encaje legal mínimo de 40%, vigente a partir del 1 de marzo del corriente año, explica Banca y Negocios.

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Esta disposición específica relaja la exigencia de intermediación para los bancos microfinancieros que pasa de 70% a 50%, pero duplica el porcentaje de las obligaciones netas e inversiones cedidas sujetas a encaje, que pasa de 20 a 40%, señala el medio.

De igual forma, la tasa de penalización por el déficit de encaje legal se mantendrá en un mínimo de 138%, y la fórmula de cálculo sigue anclada en el Índice de Inversión establecido por el BCV, de acuerdo con la variación del tipo de cambio oficial.